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jueves, 24 de noviembre de 2016

NUEVOS REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN DE LUGAR EN OPAMSS

1.-Llenar Formulario completo de 8 hojas, en las que se incluya:

  • Declaración jurada de profesional
  • Declaración jurada de propietario o apoderado
2.- Copia de escritura de propiedad (Puede ser válido el contrato de arrendamiento)
3.- Descripción técnica del terreno
4.- Dos planos de levantamiento topográfico
5.-Recibo de pago del respectivo arancel

Cuando se pide cambio de un inmueble hasta los 200 m2, en área urbana y que cuenta con servicios de infraestructura, Únicamente se solicitará:

1.-Llenar Formulario completo de 8 hojas, en las que se incluya:


  • Declaración jurada de profesional
  • Declaración jurada de propietario o apoderado
2.- Copia de escritura de propiedad (Puede ser valido contrato de arrendamiento)
3.- Descripción técnica del terreno
4.- Recibo de pago del respectivo arancel
5.- Dos planos doble carta conteniendo;

  • Esquema de ubicación de huella de edificaciones y planta arquitectónica esquemática.
Sí la  OPAMSS considera necesario ampliar la información puede pedirle lo siguiente:
  • Descripción de negocio o actividad firmada por propietario.
  • Fotografía impresa de los espacios existentes
  • Declaración jurada de que ha superado observaciones anteriores


NOTA: El expediente se dará por ingresado cuando se obtenga la boleta de presentación, la revisión preliminar no constituye ingreso de expediente.

lunes, 21 de noviembre de 2016

¿QUE ENCARECE LAS SEGREGACIONES DE TERRENO?

Muchas veces nos encontramos en la necesidad de comunicarle a nuestros cliente  ¿Que hace que sea caro un trámite de SEGREGACIÓN? y aprovechando este medio quiero contarles, que hasta hace apenas algunos años este proceso era relativamente barato, ya que el CNR era la única  institución gubernamental que se encargaba de hacer las revisiones respectivas de la segregaciones, pero debido a una serie de señalamientos que tuvo esta institución respecto a la legalización de ciertas cuestionadas lotificaciones, esta institución decidió compartir la responsabilidad con otras (OPAMSS, VMVDU, etc) 

Es de esa manera que el CNR decide aprobar únicamente las segregaciones de uno o dos terrenos (siempre y cuando el terreno a segregar  no tenga antecedente de pertenecer a otra segregación).

Esto quiere decir que si el propietario de un terreno quiere dividirlo en menos de tres partes, este podrá hacerlo fácilmente en el CNR, (previamente investigado de que no pertenece a otro segregado).

Pero en la mayoría de las veces la subdivisión que se quiere hacer del terreno es de mas de tres porciones, y es entonces cuando el CNR remite el tramite a las instituciones reguladoras respectivas del lugar (OPAMSS, VMVDU, OPLAGEST, OPVSA, etc), esto implica que el propietario deberá tener en mente que el costo del proceso de legalización se vera notablemente incrementado.

 los pasos a seguir serian los siguientes:

  1. Ser aprobado por la institución reguladora respectiva del lugar (algunas de ellas piden otros requisitos como solvencia municipal, papeleo autenticado por notario, etc.)
  2. Una vez aprobado por estas instituciones, se procede a hacer el tramite respectivo en el CNR.
Entonces tenga en cuenta lo siguiente:
para hacer una segregación, 



  • Son dos aprobaciones las que tiene que hacer, en las dos tiene que tener en cuenta el respectivo arancel y costo del trámite.
  • El levantamiento topográfico con que haga el primer tramite deberá estar bien hecho, de no ser así habrá mal gastado su dinero porque cuando llegue a manos del CNR, este sera rechazado.
  • Un punto importante a considerar es que el CNR es el encargado de revisar el plano topográfico, la orientación, cierre poligonal de las parcelas, coordenadas geodésicas, etc., Las otras instituciones regulan dimensión de terrenos, circulaciones y otras cosas.

sábado, 5 de noviembre de 2016

DIFERENCIAS ENTRE SEGREGACIONES, DESMEMBRACIONES EN CABEZA DE SU DUEÑO Y PARTICIONES.

Esta publicación la hacemos para aclarar un poco los distintos conceptos de los actos catastrales. 


SEGREGACIÓN SIMPLE:
Esta figura jurídica se da cuando un propietario desea subdividir un terreno, en una o varias partes, las cuales se llamarán SEGREGACIONES  y al final quedará una parte que se llama EL RESTO. Las segregaciones normalmente tienen un propietario especifico, el cual es conocido antes de hacer el acto jurídico, cada segregación generará una única matricula, Entendiéndose que el resto pertenecerá al propietario o a la sucesión de este, el cual tendrá su propia matricula, diferente a la del terreno madre.
Fig. 1: Esquema de Segregación Simple.


DESMEMBRACIÓN EN CABEZA DE SU DUEÑO:
Esta figura jurídica se da cuando un propietario desea subdividir un terreno, en una o varias partes, las cuales se llamarán DESMEMBRACIONES, Estas pueden ser de un propietario conocido, o de uno propietario desconocido, esta figura normalmente se da cuando el dueño del terreno quiere generar subdivisiones con su respectiva matricula para ser vendidos en un futuro.


Fig. 2: Esquema de Desmembración en Cabeza de su Dueño.



PARTICIONES:
Esta figura jurídica puede ser Judicial o Extrajudicial, en ella se establece como un terreno quedará en proindivisión en dos o más propietarios y en el cual a cada uno se le asigna un porcentaje del terreno madre, normalmente este tiene una sola matricula para cada una de las partes.
Fig. 3: Esquema de Partición

viernes, 4 de noviembre de 2016

TOPOGRAFÍA CASERA


Esta publicación la hacemos para aquellas personas que por algún motivo tienen necesidad de demarcar o delinear un terreno y no pueden pagar un topógrafo.


COLOCACIÓN DE NIVELES
Para realizar la nivelación del lote, requerimos de una manguera transparente de 1/2” de diámetro y de no más de 10 m de longitud.

La manguera se llena con agua, evitando la presencia de burbujas en el interior. Esta operación puede desarrollarse con la ayuda de un balde o de un cilindro.

Para iniciar la nivelación, se colocan estacas en las esquinas y a lo largo de los linderos del terreno. Éstas deben enterrarse a una profundidad suficiente para que tengan una buena estabilidad, verificando además con una plomada, que se mantengan en posición vertical.

Con una de las estacas ubicadas al frente del terreno, se mide 1.00 m desde el nivel de la vereda y se marca. Luego, estiramos la manguera hasta alcanzar la segunda estaca, y valiéndonos del nivel de agua dentro de la manguera, trasladamos dicho nivel a esta segunda estaca. Para ello es importante esperar a que el nivel de agua se haya estabilizado. (ver figura ).
Fig. 1 : Como colocar niveles con manguera.





Este proceso lo podemos desarrollar con las otras estacas en tramos de 10 a 20 m y la cantidad de veces que se necesite según la pendiente del terreno.

Utilizando las marcas en las estacas, ya podemos medir en forma horizontal y proceder a demarcar los linderos (Como se muestra en Fig. 2). Si medimos en forma inclinada, siguiendo la pendiente, obtendremos medidas incorrectas.

Fig. 2 : Forma de demarcar Linderos

Si queremos calcular el desnivel del terreno, medimos la diferencia de alturas entre estacas y simplemente realizamos una resta (Fig. 3).

Fig. 3 : Forma casera de obtener desniveles






miércoles, 2 de noviembre de 2016

CÓMO ORIENTAR LOS PLANOS TOPOGRÁFICOS

La orientación de los planos está íntimamente relacionada a dos factores: 
1- Con la forma en que leemos los planos: Es bastante raro en nuestro medio encontrar dibujos que estén orientados verticalmente 
fig. 1 : por comodidad es mas adecuado leer planos de forma horizontal
En caso existiera, probablemente se deba al contenido de la hoja, pero lógicamente este plano será rechazado por las instituciones de gobierno, debido a varios factores, en primer lugar, a lo incomodo que resultara leerlo, luego pensemos que doblarlo seria dañino para el mismo plano, y no digamos el archivarlo,  esto no debe suceder.

2-Con el contenido de la hoja: Esto se relaciona con el objeto que se desea representar en un plano.
Observe el siguiente ejemplo: Tenemos que ubicar por separado estos tres dibujos de terrenos en una hoja de plano topográfico.

Fig. 2 : Distintas formas en que puede estar orientado un terreno, terreno 1: de Oriente a Poniente, terreno 2: Hacia el Norte y terreno 3: Noreste-Sureste (diagonal).

Fig. 3 : Orientación de Plano para un terreno horizontal.















Cuando el terreno se orienta horizontalmente, no existe problema, perfectamente se adapta a la hoja del plano dibujado.















En caso de que el terreno este orientado en forma vertical, lo ideal seria tener a la mano otro formato de hoja, con membrete (cajetin) vertical, para disponerlo correctamente con el Norte hacia arriba.
Fig. 4: Ubicación de terreno en forma vertical


En el tercer caso, y hasta donde se pueda hay que tratar de orientar el dibujo con el Norte hacia arriba
Fig. 5: Ubicación de terreno en forma diagonal.


Pero si la escala No lo permite, hay que adaptar el dibujo al formato de la hoja, no importando romper con la orientación del Norte


martes, 1 de noviembre de 2016

EL ESPACIO DE 0.15 m X 0.25 m


Este espacio de 15 cms por 25 cms, fue creado por personeros del antiguo DUA para la aprobación de proyectos, este espacio que se ubica en los planos, es utilizado por las instituciones de gobierno (OPAMSS y todas las oficinas del VMVDU),para poner sellos u observaciones.
Las ubicaciones de este espacio que son más utilizadas, se ubican al lado derecho, aunque no hay en el reglamento de las instituciones una posición determinada; esto quiere decir que si al dibujante le place colocarlos al lado izquierdo o al centro de la hoja podría hacerlo, pero NO  es recomendable que haga, ya que por tradición se ha colocado como se muestra en los siguientes ejemplos:
fig. 1: ubicación vertical-inferior-derecha



fig. 2: ubicación vertical-centro-derecha



fig. 3 : vertical-centro-derecha



fig. 4 : horizontal-centro-derecha



fig. 5: horizontal-inferior-derecha

fig. 6 : muestra de espacio de 15x25, con sus respectivos sellos

Es de destacar que en los planos que se presentan al CNR este espacio no se necesita.