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lunes, 30 de enero de 2017

LEGISLACIÓN DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN

Portada del Documento
A continuación le presento la Legislación de Urbanismo y Construcción, este es un  esfuerzo del
Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano por sistematizar de manera sencilla y practica tres aspectos:

  • Leyes y Reglamentos vigentes cuyo ente competente es el Viceministerio de Vivienda; 
  • Recopilación de reglamentación y normativa dispersa en diversos cuerpos legales vigentes
  • a nivel nacional que por su naturaleza son vinculantes a la regulación de
  • urbanizaciones y construcciones a nivel nacional; y 
  • Manual de buenas prácticas en la proyectación urbanística y arquitectónica que elevan de una
  • manera sencilla los estándares de calidad de la vivienda y el hábitat a nivel
  • nacional.


Dos elementos destacan por su relevancia en este esfuerzo: el primero, la construcción participativa del contenido que integra el conocimiento y experiencia práctica de técnicos dedicados a la resolución de trámites de urbanismo y construcción del Viceministerio de Vivienda y Desarrollo
Urbano, Oficinas de Planificación y Gestión Territorial de todo el país, Gobiernos municipales, y empresarios inmobiliarios, así como el conocimiento especializado en materia de accesibilidad universal, bioclimática, eficiencia energética y cambio climático de representantes de la Academia,
Organismos Internacionales y no Gubernamentales que han enriquecido el proceso desde sus respectivos sectores; el segundo, la incorporación de los temas de accesibilidad universal, diseño bioclimático, eficiencia energética y adaptación al cambio climático que marcan el inicio de un
proceso de modernización e innovación del marco normativo bajo una visión de desarrollo sostenible y que con paso firme se encamina a la materializan de la visión de país expresada en la Política Nacional de Vivienda y Hábitat (PNVH 2015)


DOCUMENTO DE LEGISLACIÓN

lunes, 21 de noviembre de 2016

¿QUE ENCARECE LAS SEGREGACIONES DE TERRENO?

Muchas veces nos encontramos en la necesidad de comunicarle a nuestros cliente  ¿Que hace que sea caro un trámite de SEGREGACIÓN? y aprovechando este medio quiero contarles, que hasta hace apenas algunos años este proceso era relativamente barato, ya que el CNR era la única  institución gubernamental que se encargaba de hacer las revisiones respectivas de la segregaciones, pero debido a una serie de señalamientos que tuvo esta institución respecto a la legalización de ciertas cuestionadas lotificaciones, esta institución decidió compartir la responsabilidad con otras (OPAMSS, VMVDU, etc) 

Es de esa manera que el CNR decide aprobar únicamente las segregaciones de uno o dos terrenos (siempre y cuando el terreno a segregar  no tenga antecedente de pertenecer a otra segregación).

Esto quiere decir que si el propietario de un terreno quiere dividirlo en menos de tres partes, este podrá hacerlo fácilmente en el CNR, (previamente investigado de que no pertenece a otro segregado).

Pero en la mayoría de las veces la subdivisión que se quiere hacer del terreno es de mas de tres porciones, y es entonces cuando el CNR remite el tramite a las instituciones reguladoras respectivas del lugar (OPAMSS, VMVDU, OPLAGEST, OPVSA, etc), esto implica que el propietario deberá tener en mente que el costo del proceso de legalización se vera notablemente incrementado.

 los pasos a seguir serian los siguientes:

  1. Ser aprobado por la institución reguladora respectiva del lugar (algunas de ellas piden otros requisitos como solvencia municipal, papeleo autenticado por notario, etc.)
  2. Una vez aprobado por estas instituciones, se procede a hacer el tramite respectivo en el CNR.
Entonces tenga en cuenta lo siguiente:
para hacer una segregación, 



  • Son dos aprobaciones las que tiene que hacer, en las dos tiene que tener en cuenta el respectivo arancel y costo del trámite.
  • El levantamiento topográfico con que haga el primer tramite deberá estar bien hecho, de no ser así habrá mal gastado su dinero porque cuando llegue a manos del CNR, este sera rechazado.
  • Un punto importante a considerar es que el CNR es el encargado de revisar el plano topográfico, la orientación, cierre poligonal de las parcelas, coordenadas geodésicas, etc., Las otras instituciones regulan dimensión de terrenos, circulaciones y otras cosas.

sábado, 5 de noviembre de 2016

DIFERENCIAS ENTRE SEGREGACIONES, DESMEMBRACIONES EN CABEZA DE SU DUEÑO Y PARTICIONES.

Esta publicación la hacemos para aclarar un poco los distintos conceptos de los actos catastrales. 


SEGREGACIÓN SIMPLE:
Esta figura jurídica se da cuando un propietario desea subdividir un terreno, en una o varias partes, las cuales se llamarán SEGREGACIONES  y al final quedará una parte que se llama EL RESTO. Las segregaciones normalmente tienen un propietario especifico, el cual es conocido antes de hacer el acto jurídico, cada segregación generará una única matricula, Entendiéndose que el resto pertenecerá al propietario o a la sucesión de este, el cual tendrá su propia matricula, diferente a la del terreno madre.
Fig. 1: Esquema de Segregación Simple.


DESMEMBRACIÓN EN CABEZA DE SU DUEÑO:
Esta figura jurídica se da cuando un propietario desea subdividir un terreno, en una o varias partes, las cuales se llamarán DESMEMBRACIONES, Estas pueden ser de un propietario conocido, o de uno propietario desconocido, esta figura normalmente se da cuando el dueño del terreno quiere generar subdivisiones con su respectiva matricula para ser vendidos en un futuro.


Fig. 2: Esquema de Desmembración en Cabeza de su Dueño.



PARTICIONES:
Esta figura jurídica puede ser Judicial o Extrajudicial, en ella se establece como un terreno quedará en proindivisión en dos o más propietarios y en el cual a cada uno se le asigna un porcentaje del terreno madre, normalmente este tiene una sola matricula para cada una de las partes.
Fig. 3: Esquema de Partición

miércoles, 2 de noviembre de 2016

CÓMO ORIENTAR LOS PLANOS TOPOGRÁFICOS

La orientación de los planos está íntimamente relacionada a dos factores: 
1- Con la forma en que leemos los planos: Es bastante raro en nuestro medio encontrar dibujos que estén orientados verticalmente 
fig. 1 : por comodidad es mas adecuado leer planos de forma horizontal
En caso existiera, probablemente se deba al contenido de la hoja, pero lógicamente este plano será rechazado por las instituciones de gobierno, debido a varios factores, en primer lugar, a lo incomodo que resultara leerlo, luego pensemos que doblarlo seria dañino para el mismo plano, y no digamos el archivarlo,  esto no debe suceder.

2-Con el contenido de la hoja: Esto se relaciona con el objeto que se desea representar en un plano.
Observe el siguiente ejemplo: Tenemos que ubicar por separado estos tres dibujos de terrenos en una hoja de plano topográfico.

Fig. 2 : Distintas formas en que puede estar orientado un terreno, terreno 1: de Oriente a Poniente, terreno 2: Hacia el Norte y terreno 3: Noreste-Sureste (diagonal).

Fig. 3 : Orientación de Plano para un terreno horizontal.















Cuando el terreno se orienta horizontalmente, no existe problema, perfectamente se adapta a la hoja del plano dibujado.















En caso de que el terreno este orientado en forma vertical, lo ideal seria tener a la mano otro formato de hoja, con membrete (cajetin) vertical, para disponerlo correctamente con el Norte hacia arriba.
Fig. 4: Ubicación de terreno en forma vertical


En el tercer caso, y hasta donde se pueda hay que tratar de orientar el dibujo con el Norte hacia arriba
Fig. 5: Ubicación de terreno en forma diagonal.


Pero si la escala No lo permite, hay que adaptar el dibujo al formato de la hoja, no importando romper con la orientación del Norte


martes, 1 de noviembre de 2016

EL ESPACIO DE 0.15 m X 0.25 m


Este espacio de 15 cms por 25 cms, fue creado por personeros del antiguo DUA para la aprobación de proyectos, este espacio que se ubica en los planos, es utilizado por las instituciones de gobierno (OPAMSS y todas las oficinas del VMVDU),para poner sellos u observaciones.
Las ubicaciones de este espacio que son más utilizadas, se ubican al lado derecho, aunque no hay en el reglamento de las instituciones una posición determinada; esto quiere decir que si al dibujante le place colocarlos al lado izquierdo o al centro de la hoja podría hacerlo, pero NO  es recomendable que haga, ya que por tradición se ha colocado como se muestra en los siguientes ejemplos:
fig. 1: ubicación vertical-inferior-derecha



fig. 2: ubicación vertical-centro-derecha



fig. 3 : vertical-centro-derecha



fig. 4 : horizontal-centro-derecha



fig. 5: horizontal-inferior-derecha

fig. 6 : muestra de espacio de 15x25, con sus respectivos sellos

Es de destacar que en los planos que se presentan al CNR este espacio no se necesita.

viernes, 28 de octubre de 2016

Requisitos y solicitudes para AMUVASAN - OPVSA

La Oficina de Planificación del Valle de San Andrés (OPVSA) es el organismo que se encarga de vigilar y autorizar las actividades que se refieren al desarrollo territorial de los Municipios que conforman -AMUVASAN- San Juan OpicoColónArmeniaSacacoyoCiudad Arce Quezaltepeque

La dirección de esta oficina es 
Entre 1ª Avenida Norte y 1ª Calle Poniente, Lourdes, Municipio de Colón.
Teléfonos: (503) 2318-9010 ó (503) 2318-9012
Fax: (503) 2338-4731 – Correo Electrónico: amuvasangerencia@gmail.com




Para realizar trámites en esta oficina estos son los requisitos:


sábado, 22 de octubre de 2016

El formato 0.55x0.55


Ocasionalmente nos encontraremos con este requerimiento de las oficinas gubernamentales, para entenderlo estudiemos el reglamento, este dice:


Para toda presentación de proyectos los planos deberán sujetarse a las siguientes 
disposiciones siguientes:
Las dimensiones deberán ser en base a un módulo de cincuenta y cinco centímetros
(0.55) en ambas direcciones o múltiplos de medios módulos sin exceder de un metro
diez centímetros (1.10 MS) en el ancho y un metro sesenta y cinco centímetros (1.65
MS) en el largo.

Aunque parezca sencillo de entender hemos conocido personas que tienen dudas al aplicar este formato, sin embargo existen muchas posibilidades de cumplir con este requisito, estas son las siguientes:

0.55x0.55

0.825x0.55

1.375x0.55

1.65x0.55

0.55x0.825

0.825x0.825


1.10x0.825

1.375x0.825

1.65x0.825

0.55x1.10

0.825x1.10

1.10x1.10

1.375x1.10

1.65x1.10


Obsérvese que en cada uno de los esquemas existe un cuadro en el costado inferior derecho, en futuras publicaciones hablaremos de este cuadro de 0.15x0.25

martes, 18 de octubre de 2016

COMO TRAZAR A ESCUADRA SIN TEODOLITO

En algunas ocasiones que hemos visitado zonas rurales, nos preguntan:
¿ Como podemos hacer para trazar a escuadra si no contamos con aparato de topografía?

Para asegurarnos que un trazado sea recto, se utiliza el “Triángulo de Pitágoras” llamado así en honor al matemático que demostró las propiedades de este tipo de triángulo, cuyos lados miden 3, 4 y 5 metros, formando una gran escuadra. Los lados que miden 3 y 4 hacen la escuadra de 90°. En cada punto de este triángulo se colocará una estaca. Cuando se emplee una cinta grande (más de 15 mts), procederemos a estirarla hasta obtener 12 m., es decir, la suma de 3+4+5=12 m. Luego, uniremos el origen de la cinta (0 m.) con la marca en los 12 m y lo llevaremos al extremo donde se quiere trazar la escuadra. Después marcamos hasta los 3 m y finalmente estiramos la cinta hasta marcar los 7 m.

Para realizar este procedimiento es necesario contar con tres personas, para que cada una de ellas sujete la cinta en cada esquina del triángulo (ver figura).

Una forma de verificar si un lote rectangular ha sido bien trazado, es midiendo sus diagonales, las que deben tener la misma longitud. Si no fuera así, es porque hay algún error en las medidas. Por ejemplo, en el dibujo la longitud BD es igual a la longitud AC (ver figura).